Miguel Aponte Viguera rechaza represión y atropello a comunicadores sociales
ANTE OFENSIVA GOBIERNO PRM-PRESIDENTE LUIS ABINADER CONTRA LIBERTAD DE PRENSA Y EJERCICIO LIBRE DEL PERIODISMO EN R.D.
Santo Domingo.- El ex-dirigente de las organizaciones de trabajadores-as de la prensa del país (CDP, SPP y APP), Miguel Aponte Viguera, rechaza categóricamente la ofensiva del Gobierno del presidente Luís Abinader Corona-PRM, que viola la Constitución de la República en varios artículos que consagran la Libertad de Prensa, Libertad de Expresión y Difusión del Pensamiento y el Ejercicio de la Profesión de Periodista sin previa sujeción a censura ni ¨ pedir permiso a organismo alguno del Estado burgués-terrateniente y pro-yanky que nos maltrata y conculca derechos constitucionales en República Dominicana.
Aponte indicó que la Constitución de la República Dominicana es clara en su Artículo 49, al señalar :



Artículo 49.- Libertad de expresión e información. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa. 1) Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley; 2) Todos los medios de información tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público, de conformidad con la ley; 3) El secreto profesional y la cláusula de conciencia del periodista están protegidos por la Constitución y la ley; 4) Toda persona tiene derecho a la réplica y rectificación cuando se sienta lesionada por informaciones difundidas. Este derecho se ejercerá de conformidad con la ley; 5) La ley garantiza el acceso equitativo y plural de todos los sectores sociales y políticos a los medios de comunicación propiedad del Estado.
Párrafo.- El disfrute de estas libertades se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas, en especial la protección de la juventud y de la infancia, de conformidad con la ley y el orden público.
Es un hecho. La Constitución dominicana a la par con los códigos y cánones más modernos del mundo civilizado de hoy, consigna y asienta en sus parámetros el derecho de la persona y de los medios de información a buscar la información y sobre todo vela por el cumplimiento de este derecho.
Entonces, !cojollo ! – exclamó el veterano activista del movimiento de trabajadores-as de la prensa y editor de medios alternativos digitales – por la Internet (Por Un Nuevo Periodismo – nuevoperiodismord.com – Canal por YouTube @miguelaviguera Nuevo Periodismo / Protagonistas de la Noticia, Radio Nuevo Periodismo mixlr.com/mauricio/viguera/aponte y Fb Miguel Angel Aponte Viguera , por qué hay que tolerar – sin que la cúpula del Colegio Dominicano de Periodistas Ley 91.02, Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa y demás yerbas que supuestamente dirigen el actual movimiento de periodistas oficialista y vendidos al mejor postor, no digan siquiera ¨ esta boca es mía en defensa del Ejercicio libre de la Profesión ¨- sin receptivos de prebendas y canongías de todos los gobiernos que han pasado. callando descaradamente ante el debate actual acerca de la nueva ¨ DNI ¨ y las censuras que desde la SCJ se pretende imponer a sangre y represión contra las libertades democrático-burguesas.

Mientras el titular de la Suprema Corte de Justicia – Dr. Henry Molina – se ¨ destornilla ¨ su cerebro , con una campaña mediática en los medios de comunicación burgueses al afirmar : En un documento que colgó en su blog personal, garantizó que los casos de alto interés público continuarán siendo accesibles para el periodismo y el público. «La política no impide informar sobre las acusaciones, las personas procesadas ni los resultados de los casos. Sin embargo, protege datos personales, como direcciones, números de identificación o información de salud, que no son esenciales para el entendimiento del caso y cuya publicación podría vulnerar la dignidad de las personas involucradas», reiteró.
Al propio tiempo, se filtra en los corrillos periodísticos y de trabajadores-as de la prensa de R.D., un alegado plan ¨ para despojar al movimiento periodístico dominicano de su local ¨ Casa Nacional del Periodista en el Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo mediante una permuta del Trébol de la Prensa construido en la época del segundo periodo de los diez años del ¨ déspota ilustrado no ya ilustrado ¨ por una vieja casona ubicada en el sector de Gazcue, para convertir el terreno de estratégica posición en el Malecón histórico e invaluable frente al imponente Mar Caribe, en una especie de ¨ ciudadela judicial ¨ para seguir guardando vehículos de lujo como los Ferrari, Teslar, Dahoe y otros incautados a elementos de baja reputación y hasta del bajo mundo delincuencial.
Mientras que el destacado y reconocido jurista – hijo del progresista y calificado Jottin Cury se mostró dispuesto a enfrentar el mamotreto judicial en cuestionamiento – por amplios sectores del progreso en R.D. : ¨ Este este calificó como un «exceso de poder» la Política de Protección de Datos presentada el pasado 14 de noviembre por el Poder Judicial, que alegadamente busca resguardar informaciones personales prescindibles en las decisiones judiciales.
Según el jurista, esta medida es inconstitucional y excede las competencias de la Suprema Corte de Justicia (SCJ). Argumentó que la SCJ no tiene la facultad para establecer esta normativa, ni siquiera a través de una resolución reglamentaria.

«Los derechos fundamentales solo pueden regularse de acuerdo con el artículo 112 de la Constitución y mediante leyes orgánicas, es decir, leyes aprobadas con una mayoría calificada de las dos terceras partes de los miembros presentes de ambas Cámaras (Congreso Nacional). Son extensiones de la Constitución, son ramas, por eso se requiere esa mayoría cualificada», explicó a un diario de gran circulación.
El abogado señaló que la política adoptada por la SCJ pretende regular el derecho a la información, particularmente en casos donde las autoridades judiciales consideran que no se deben revelar los nombres de las partes involucradas.
A juicio de Cury, esta resolución vulnera principios constitucionales.